De conformidad con el Decreto No. 2902 de 1994, las funciones de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales (ORI) son las siguientes:
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- Asesorar al Rector en lo relacionado con el establecimiento y desarrollo de políticas y programas de cooperación internacional.
- Promover al interior de las unidades de dirección institucional y académica de la Universidad las acciones de cooperación académica con instituciones y entidades internacionales.
- Asesorar a las diferentes dependencias de la Universidad sobre las condiciones efectivas de intercambio con otras instituciones académicas y de procesos de apertura institucional.
- Sistematizar y difundir a la comunidad universitaria la información sobre los programas de cooperación internacional.
- Proponer al Rector las asignaciones presupuestales necesarias para la ejecución de las actividades y funciones que le son propias, siempre teniendo como marco de referencia las políticas y programas de cooperación internacional.
- Las demás funciones que le sean asignadas por normas reglamentarias o por el Rector de acuerdo con la naturaleza propia de la Oficina.